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Información técnica

Normativa y parámetros

Lo que exige el Decreto 80/1998 de la Comunidad de Madrid sobre condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas. Una guía pensada para comunidades y administradores.

¿Por qué importa?

Una piscina segura empieza por cumplir la normativa

La Comunidad de Madrid regula las piscinas de uso colectivo mediante el Decreto 80/1998 de 14 de mayo, que establece los requisitos de calidad del agua, características del vaso, vestuarios, mantenimiento y personal.

En Piscisol nos encargamos de que su comunidad cumpla todos esos requisitos sin que usted tenga que preocuparse. Esta página resume los puntos más relevantes para que sepa qué se exige y por qué hacemos las cosas como las hacemos.

Aviso: los datos de esta página son orientativos. La normativa puede actualizarse. Para casos concretos consulte el BOCM o póngase en contacto con nosotros.
Tira reactiva para análisis de pH y cloro
Calidad del agua

Parámetros físico-químicos

Los valores de referencia que se controlan dos veces al día y se anotan en el Libro de Registro Oficial. Estos son los rangos exigidos por la normativa de Madrid.

Parámetro Valor exigido Por qué importa
pH6,5 – 8,5Mantiene la eficacia del cloro y evita irritaciones
Cloro libre0,4 – 1,2 mg/lDesinfectante activo para eliminar microorganismos
Cloro combinado≤ 0,6 mg/lIndica acumulación de cloraminas (irritan ojos y piel)
Bromo (alternativa al cloro)1 – 3 mg/lDesinfectante alternativo en piscinas climatizadas
Turbidez≤ 1 UNFEl agua debe ser transparente para ver el fondo
Oxidabilidad< 3 mg O₂/lMide la materia orgánica presente
Amoniaco≤ 0,5 mg/lIndica contaminación por bañistas
Nitratos+ 0,1 mg/l sobre el agua de redControl de subproductos de la desinfección
Cobre≤ 1 mg/lEvita coloración verde y daños en la piel

Frecuencia de análisis

Los socorristas de Piscisol realizan análisis del agua al menos dos veces al día y registran cada lectura en el Libro de Registro Oficial junto al número de bañistas y los m³ de agua renovada.

Renovación del agua

El reglamento exige una renovación mínima del agua para mantener los parámetros dentro del rango. La cantidad y frecuencia depende del volumen de bañistas y del estado del agua, controlado por el equipo de mantenimiento.

Características físicas

El vaso de la piscina

Profundidades, escaleras, rebosaderos y otros elementos exigidos.

Profundidades

  • Infantiles: 0,30 – 0,60 m
  • Recreo: progresiva con pendiente máxima del 6 % hasta 1,40 m
  • A partir de 1,40 m, hasta un máximo de 3 m

Rebosaderos y skimmers

  • Rebosadero obligatorio a partir de 200 m² de lámina
  • Skimmers permitidos hasta 200 m²
  • Limpieza semanal del filtro y prefiltros

Playa y pediluvios

  • Playa: anchura mínima 1 m con tomas de agua
  • Pediluvios obligatorios en piscinas al aire libre con áreas de césped/arena/tierra
  • Profundidad mínima 0,10 m, longitud ≥ 2 m

Escaleras

  • Distancia máxima entre escaleras: 15 m
  • Ubicadas en ángulos y zonas de cambio de pendiente
  • Independientes de rampas y escalinatas de acceso

Saltos y trampolines

  • Prohibidos en piscinas de recreo
  • Solo en vasos específicos de saltos con profundidad y aforo regulados

Aforo máximo

  • 2 m² por bañista (lámina de agua)
  • El socorrista hace cumplir el aforo
  • Control de acceso por la propiedad
Instalaciones

Vestuarios y duchas

El número mínimo de duchas se calcula en función de la lámina de agua.

Lámina de agua Duchas mínimas
Hasta 250 m²2 duchas
251 – 500 m²6 duchas
501 – 1.000 m²10 duchas
1.001 – 2.000 m²16 duchas
2.001 – 4.000 m²20 duchas
Más de 4.000 m²30 duchas

Botiquín y enfermería

  • Botiquín en lugar visible obligatorio en todas las piscinas
  • Enfermería independiente en piscinas con personal sanitario
  • Reposición de material en 1ª puesta sin cargo (incluida en nuestro servicio)
Tratamiento del agua

Tiempos de recirculación

El sistema de depuración debe renovar el agua en los tiempos establecidos según el tipo de vaso.

Chapoteo

1 h

Piscinas infantiles muy poco profundas

Profundidad media

2 h

Vasos con profundidad ≤ 1,50 m

Vasos profundos

4 h

Recreo de profundidad estándar

Saltos

8 h

Vasos profundos de saltos

Cubiertas

Piscinas climatizadas

Temperatura del agua

24 – 28 ℃

Temperatura del recinto

+2 a +4 ℃ sobre el agua

Humedad

≤ 70 %

Obligaciones

Personal y registros

Libro de Registro Oficial

Obligatorio anotar dos veces al día: pH, cloro libre, cloro combinado, m³ de agua renovada y depurada, número de bañistas e incidencias o accidentes.

Personal sanitario

Socorrista titulado obligatorio durante el horario de baño, con título oficial actualizado e inscripción en el Registro de la Comunidad de Madrid.

Reglamento interno

La comunidad debe tener un Reglamento de Régimen Interno con las normas para los usuarios. El socorrista hace cumplir este reglamento durante el horario de apertura.

Cartelería obligatoria

Aforo máximo, normas de uso, prohibiciones y horario deben estar señalizados en lugar visible. Suministrada por Piscisol en el servicio integral.

Análisis de agua homologado

Recogida de muestra, traslado a laboratorio acreditado y envío de resultados a la comunidad. Necesario para validar los autocontroles diarios.

Certificado de desinsectación

Necesario para la apertura de la piscina cada temporada. Tramitado por Piscisol como parte del servicio integral.

Fuentes

¿Dónde está regulado?

Decreto 80/1998, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo. Publicado en el BOCM.

La normativa puede actualizarse por modificaciones posteriores y disposiciones municipales. En Piscisol nos encargamos de mantener cada instalación al día sin que su comunidad tenga que hacer seguimiento.

¿Su piscina cumple toda la normativa?

Le hacemos una revisión sin compromiso y le proponemos un plan para cumplir cada punto exigido por la Comunidad de Madrid.